
Ajuste de Estatus Para Asilados
Las personas con una solicitud de asilo aprobada y sus derivados (Asilados) pueden ajustar su estado al de Residente Legal Permanente un año después de haber recibido el asilo.
Eligibility for Adjustment of Status of Asylees is as follows:
1. El solicitante debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante al menos 1 año después de recibir el asilo. *
2. El solicitante principal sigue cumpliendo con la definición de refugiado, o el asilado derivado sigue siendo el cónyuge o hijo del asilado principal. **
3. El Solicitante no se ha reasentado firmemente en ningún país extranjero.
4. El solicitante es admisible en los Estados Unidos como inmigrante en el momento del examen para el ajuste de estatus.
* Solo el tiempo pasado en los Estados Unidos cuenta para el requisito de presencia física de un año. Para un asilado principal, la presencia física comienza a acumularse en la fecha en que el gobierno de los EE. UU. Otorga el asilo. Los asilados derivados que están físicamente presentes en los Estados Unidos cuando se aprueba la solicitud pueden usar la fecha de aprobación. Si el derivado estaba fuera de los Estados Unidos cuando se aprobó la solicitud, el derivado puede usar la fecha de admisión a los Estados Unidos como fecha de inicio.
** El solicitante tenía que demostrar un temor fundado a la persecución para ser elegible para el estatus de asilo. Es probable que Estados Unidos niegue el ajuste de estatus e incluso proceda a dar por terminado el estatus de asilo si hay evidencia de que el solicitante puede no haber cumplido con la definición de refugiado en el momento de la aprobación del asilo. Por lo tanto, un asilado debe evitar viajar al país del que huyó.
Los casos de ajuste de estatus son complicados y a menudo requieren la ayuda de profesionales expertos para obtener un resultado exitoso. En Jurado Firm, tenemos la experiencia que necesita en el manejo de casos de Ajuste de Estatus para asegurar que obtenga el mejor resultado posible en su caso de Ajuste de Estatus. Llámanos, nuestras consultas iniciales son gratuitas.




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